TENGO UNA HIPOTECA. ¿QUÉ GASTOS PUEDO RECLAMAR?
Las reclamaciones bancarias son frecuentes hoy en día. Muchos de nosotros tenemos conocidos a los que el Banco con el que tienen su hipoteca les han devuelto los gastos que abonaron. Es entonces cuando nos surge la duda de si nosotros también podemos reclamarlos.
¿Qué gastos de mi hipoteca puedo reclamar?
Las hipotecas que se firmaron antes de 2019 solían contener una cláusula de gastos, que imputaba todos los gastos generados por la formalización del préstamo hipotecario a los prestatarios, es decir, que eran los clientes del banco los que pagaban todos los gastos de la hipoteca: notaría, registro de la propiedad, gestoría y la tasación.
El Tribunal Supremo ha proclamado el carácter abusivo de aquellas cláusulas que imponen al consumidor de forma indiscriminada el pago de todos los gastos ocasionados por la formalización del préstamo. No fue hasta el año 2019 cuando el TS estableció cómo debía ser el reparto de los gastos de las hipotecas entre el Banco y los clientes, criterio que se termina de configurar en 2021. Desde entonces, los clientes que contrataron su hipoteca antes de 2019 podrían reclamar al Banco la devolución del 50% de la factura de la notaría, el 100% de la factura del Registro de la Propiedad, el 100% de la factura de la gestoría y el 100% del recibo o factura de la tasación. No importa que tu hipoteca esté cancelada.
El proceso comenzaría con una reclamación extrajudicial dirigida al Banco con el que tenemos nuestro préstamo hipotecario. Si el Banco no atiende nuestra petición o bien nos la deniega, entonces tendríamos que acudir a la vía judicial para la reclamar la devolución de dichos gastos.
Si quieres que revisemos tu caso, no dudes en ponerte en contacto con el despacho del abogado Irene Tomás. Estudiaremos las escrituras de tu hipoteca y te diremos qué cantidad puedes reclamar.
Irene Tomás
Abogada
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