TENGO UNA HIPOTECA. ¿QUÉ GASTOS PUEDO RECLAMAR?
7 de noviembre de 2024¿ES NULA LA COMISIÓN DE APERTURA DE MI HIPOTECA?
Uno de los gastos que habitualmente afrontamos los consumidores cuando contratamos una hipoteca, es la comisión de apertura del préstamo hipotecario, aquella cantidad que pagamos el mismo día de la firma de la hipoteca y que se corresponde con un porcentaje sobre el importe total del préstamo. Puede ser que nos hagan el cargo en la cuenta o bien, que lo descuenten del capital prestado, de forma que cuando nos abonan el préstamo, ya se ha descontado el importe de la comisión de apertura.
Ahora bien, ¿puede el banco o la entidad financiera cobrar una comisión de apertura en los préstamos hipotecarios o, por el contrario, la comisión de apertura de las hipotecas deben considerarse nulas? La respuesta a este interrogante la encontramos en la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 16 de marzo de 2023, cuyos argumentos han sido acogidos por el Tribunal Supremo. Para que la cláusula que establece una comisión de apertura sea válida hay que atender en resumidas cuentas a dos parámetros, por un lado, que sea transparente, en el sentido de que debe comprender todos los gastos de estudio, concesión y tramitación del préstamo sin que haya solapamiento con otras comisiones del mismo contrato de préstamo, que se integre en una sola comisión y que la misma se cobre una sola vez. Y, por otro lado, el segundo parámetro que debe cumplir, es que el importe de la comisión de apertura sea proporcional respecto al capital de la hipoteca.
La siguiente pregunta que nos planteamos ahora es ¿cuándo existe proporcionalidad entre la comisión de apertura y el capital del préstamo? Pues bien, el Tribunal Supremo en su famosa sentencia de mayo de 2023, se basó para determinar si la cláusula de comisión de apertura enjuiciada era proporcional o no, en la información estadística existente sobre la materia, según la cual el coste medio de las comisiones de apertura en España oscila entre el 0,5% y el 1,5% sobre el importe del préstamo hipotecario.
Con base en ello son numerosos los Juzgados y Tribunales que han declarado la nulidad de la cláusula de comisión de apertura de hipotecas por falta de proporcionalidad, cuando el importe de las mismas era igual o superior al 2% de la cantidad prestada.
Si tienes hipoteca y no sabes si tu cláusula de comisión de apertura es nula o no, no dudes en ponerte en contacto con el despacho de abogados de Irene Tomás, donde analizaremos tu caso, sabremos asesorarte y te diremos cuánto dinero puedes recuperar.
Irene Tomás
Abogada